Prensa


Semarnat comete desacato al incumplir sentencia de la Suprema Corte para la ampliación del puerto de Veracruz

La Semarnat otorgó una nueva Autorización de Impacto Ambiental, fragmentando nuevamente el proyecto y sin evaluar impactos sinérgicos y acumulativos, como ordenó la SCJN, invisibilizando así nuevamente los riesgos que implica el proyecto. La autorización abarca la construcción del rompeolas oriente con una longitud de 3,500 metros, que pone en riesgo a los arrecifes del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV) y del Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México. La sentencia de la Corte significó un avance sustancial para la defensa de los arrecifes y sentó un precedente sobre la forma en que debe realizarse el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA). Organizaciones de la sociedad civil hacen un llamado a la autoridad judicial para NO permitir la ejecución de las Autorizaciones de Impacto Ambiental otorgadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para ampliar el puerto de Veracruz sin antes haber revisado su constitucionalidad a la vista de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de febrero del 2022 (1) que establece los criterios para una evaluación de impacto ambiental que cumpla con el derecho a un medio ambiente sano (2). El 9 de febrero del 2022, residentes veracruzanos lograron una victoria histórica para la defensa del Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV), los ecosistemas en la zona de influencia y sus servicios ambientales frente al proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz. Por unanimidad, en dicha fecha, las y los ministros que integran la Primera Sala de la SCJN resolvieron otorgar el amparo reclamado, sentando también un importante precedente sobre la operación del PEIA: la SCJN determinó que los proyectos deben ser evaluados de manera completa y holística, así como hacer uso de la mejor ciencia disponible. Como parte de la ejecución de esta sentencia, el 31 de marzo 2022 la Semarnat dejó insubsistentes las autorizaciones que se habían otorgado vinculadas a la Ampliación del Puerto y empezó a trabajar en un Método para la Identificación de impactos sinérgicos y residuales. Sin embargo, el pasado 30 de diciembre la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Semarnat volvió a autorizar de manera condicionada la ampliación del Puerto de Veracruz (3), nuevamente de manera fragmentada, sin una adecuada integración de la información con uso de la mejor ciencia disponible y sin posibilitar la participación de las personas. Esto significa que Semarnat autorizó el mismo proyecto sobre el cual la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación había emitido ya una sentencia. Con esta autorización, la Semarnat incumplió con su deber de proteger el derecho al medio ambiente sano bajo el estándar más alto de protección, al mismo tiempo que incumplió con el fallo de la SCJN. La autorización otorgada en diciembre del 2022 por Semarnat presenta los mismos defectos que la autorización otorgada en 2013 e incluso agravó la situación, pues en esta ocasión no se garantizó la participación de las personas de los entornos adyacentes. En esta nueva autorización, la istración del Sistema Portuario de Veracruz, S.A. de C.V. (Asipona Veracruz-) -promovente del proyecto de ampliación-, no presentó una nueva Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) con los elementos requeridos por la SCJN, sino que fue la Semarnat quien recabó la información de las MIA que fueron anuladas y agregó algunas fuentes adicionales sin un análisis integral de los impactos al socioecosistema, lo cual resulta insuficiente para cumplir con los estándares definidos por la Corte. Para haber cumplido satisfactoriamente con lo estipulado por la SCJN en su sentencia, Asipona Veracruz debió haber realizado una NUEVA y ÚNICA Manifestación de Impacto Ambiental del proyecto de ampliación del Puerto en la cual se reconociera el verdadero Sistema Ambiental Regional (SAR) donde se inserta el proyecto, y que considerara todos y cada uno de los elementos del proyecto (bancos de roca, libramientos ferroviarios, zonas de logística, terminal portuaria, etc.). Asimismo, debió realizar las publicaciones que ordena la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en periódicos y en Gaceta Ecológica, a fin de garantizar el a la información y la participación de las personas. A pesar de que, entre el 31 de marzo y el 12 de abril del 2022, la Semarnat y su delegación en el estado de Veracruz dejaron sin efecto 15 proyectos relacionados con el puerto de Veracruz, así como sus modificaciones, dejando un total de 25 oficios de autorización o modificación sin efectos, en esta nueva autorización, sólo se consideraron 10 proyectos. Incluso dejaron fuera los bancos de extracción de materiales como el de roca basáltica en Balzapote por considerar que "no está dentro de la poligonal del nuevo Sistema Ambiental Regional". Esto, a pesar de que la sentencia señala que todos los impactos que tengan que ver con un proyecto se tienen que evaluar en conjunto y de manera integral. El mismo documento de Autorización de Impacto Ambiental de Semarnat señala que nueve proyectos adicionales al denominado "Ampliación del Puerto de Veracruz" serán sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental, lo que muestra una vez más una clara intención de evaluar de forma fragmentada, práctica prohibida ya por la SCJN, lo cual constituye también un incumplimiento de la sentencia. Dado que la Semarnat NO emitió una nueva resolución que tomara en cuenta todos los impactos acumulativos, sinérgicos y residuales del proyecto, ha incumplido una sentencia de la SCJN, ha violentado nuevamente el derecho al medio ambiente sano de las personas que viven en la conurbación de Veracruz-Boca del Río-Medellín y ha revictimizado a las personas que solicitaron el amparo. Esta autorización implica graves riesgos para los arrecifes del PNSAV, el Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México y las personas que dependen de sus beneficios. Por todo lo anterior, reiteramos nuestro llamado al Juez de Distrito para que en el momento procesal oportuno califique como incumplida la sentencia emitida por la Suprema Corte en torno a la Autorización de Impacto Ambiental otorgada al proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz. Asimismo, invitamos a organizaciones, defensores del territorio y la ciudadanía en general sumarse a la exigencia de que el Congreso de la Unión reforme el PEIA a la luz del Acuerdo de Escazú y del fallo de la SCJN, en concreto se requiere: Garantizar un análisis y evaluación integral de los proyectos, a fin de que éstos dejen de presentarse de forma fragmentada pues ello impide evaluar la totalidad de los impactos sobre los ecosistemas. Utilizar la mejor información científica disponible. Garantizar la participación de las personas en la toma De decisiones ambientales.   Organizaciones firmantes Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Pronatura Veracruz A.C. Gente Sustentable A.C. Sendas A.C. Pueblos Unidos de la Cuenca La Antigua por los Ríos Libres (PUCARL) (1) Sentencia recaída al amparo en revisión 54/2021. (2) Ver: https://www.cemda.org.mx/publicaciones-y-estudios-del-cemda/sentencia-de-la-scjn-en-torno-a-las-obras-de- ampliacion-del-puerto-de-veracruz/ (3) Clave del proyecto 30VE2013V0029. o de prensa: Victor Quintanilla, AIDA, [email protected], 5570522107  

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Océanos

Se logra un acuerdo para avanzar en el Tratado de Alta Mar

Se acordó un nuevo tratado para proteger la mitad del planeta, pero todavía se requiere su adopción formal.   Al final de la tarde de hoy, los gobiernos reunidos en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York llegaron a un acuerdo acerca de las principales cuestiones de fondo para un tratado que proteja la vida marina en alta mar. Para garantizar que este avance duramente alcanzado no se pierda, la High Seas Alliance (Alianza de Alta Mar) hace un llamado para que la ONU concluya cuanto antes los trámites de adopción en la última sesión reanudada. "Tras una montaña rusa de dos semanas de negociaciones y esfuerzos de superhéroe en las últimas 48 horas, los gobiernos han llegado a un acuerdo acerca de cuestiones clave que permitirán avanzar en la protección y mejor gestión de la biodiversidad marina en alta mar", dijo Rebecca Hubbard, directora de la High Seas Alliance. Alta mar, la zona del océano situada más allá de las aguas nacionales de los países, es el mayor hábitat de la Tierra y el hogar de millones de especies. Con poco más del 1% de las aguas de alta mar protegidas actualmente, el nuevo tratado proporcionará una vía para establecer zonas marinas protegidas en esas aguas. También es una herramienta clave para ayudar a cumplir el objetivo, acordado recientemente en Kunming-Montreal, de proteger al menos el 30% del océano a nivel mundial para 2030: el nivel mínimo de protección que los científicos advierten que es necesario para garantizar la salud del océano. Pero el tiempo apremia. El nuevo tratado traerá la gobernanza del océano al siglo XXI, incluyendo el establecimiento de requisitos modernos para evaluar y gestionar las actividades humanas planificadas que podrían afectar la vida marina en alta mar, así como garantizar una mayor transparencia. Esto reforzará en gran medida el manejo efectivo de la pesca, el transporte marítimo y de otras actividades que han contribuido al deterioro general de la salud del océano. La cuestión del financiamiento suficiente para la implementación del tratado, así como las cuestiones de equidad en torno al reparto de los beneficios de los recursos genéticos marinos, fue uno de los principales puntos de fricción entre el Norte y el Sur a lo largo de la reunión. Sin embargo, justo en las últimas horas, los gobiernos lograron un acuerdo que estableció una distribución equitativa de estos beneficios, lo de aguas profundas y los de alta mar. "El viaje para llegar a un tratado ha sido muy largo. Esperamos que los 52 Estados que conforman la Coalición de Alta Ambición lideren su adopción y ratificación, así como la identificación de áreas importantes de protección en alta mar", dijo Hubbard. Citas de de LA HIGH SEAS ALLIANCE Gladys Martínez de Lemos, directora ejecutiva, Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA): “Los gobiernos han dado un paso importante que fortalece la protección legal de dos terceras partes del océano y con ello de la biodiversidad marina, los medios de vida de comunidades costeras y la soberanía alimentaria mundial. El acuerdo marca una ruta para establecer áreas de gran y plena protección en alta mar, así como para la evaluación ambiental de proyectos y actividades que puedan dañar esa vasta zona”.   Laura Meller, campañista de océanos, Greenpeace Nordic: "Es un día histórico para la conservación y una señal de que, en un mundo dividido, la protección de la naturaleza y de las personas puede triunfar sobre la geopolítica. Celebramos que los países hayan buscado compromisos, hayan dejado de lado sus diferencias y hayan logrado un Tratado que nos permitirá proteger los océanos, aumentar nuestra resiliencia al cambio climático y salvaguardar las vidas y los medios de subsistencia de miles de millones de personas. Por fin podemos pasar de las palabras al cambio real en el mar. Los países deben adoptar formalmente el tratado y ratificarlo lo antes posible para que entre en vigor, y entonces conseguir los santuarios oceánicos totalmente protegidos que nuestro planeta necesita. El reloj sigue corriendo para cumplir el 30x30. Nos queda media década y no podemos descuidarnos".   Matthew Collis, Vicepresidente Adjunto de Política, IFAW: "El acuerdo de un nuevo tratado para conservar alta mar es una maravillosa manera de celebrar el Día Mundial de la Vida Silvestre para la fauna marina y para su hogar en alta mar. IFAW felicita a los gobiernos por este importante paso, que marca el rumbo para proteger el 30% de los océanos de aquí a 2030. Para lograr el 30x30, los gobiernos deben adoptar, ratificar e implementar sin demora el nuevo tratado sin demora".   Minna Epps, directora del Programa Global Marino y Polar, UICN: "El Tratado de Alta Mar abre el camino para que la humanidad proteja al fin la vida marina en nuestro único océano. Su adopción llena vacíos esenciales del derecho internacional y ofrece un marco para que los gobiernos colaboren en la protección de la salud del océano a nivel mundial, la resiliencia al cambio climático, el bienestar socioeconómico y la seguridad alimentaria de miles de millones de personas".   Lance Morgan, presidente, Marine Conservation Institute: "Siguiendo los pasos del Marco Mundial para la Biodiversidad, este acuerdo histórico es un paso enorme para garantizar zonas marinas protegidas en alta mar y alcanzar el 30x30".   Lisa Speer, directora del Programa Internacional del Océano, Consejo para la Defensa de los Recursos Naturales (NRDC): “Este texto sienta las bases para proteger puntos clave de biodiversidad en alta mar. Ahora tenemos una vía para alcanzar el objetivo de proteger de forma significativa al menos el 30% de los océanos para 2030, un objetivo que, según los científicos, es crucial para mantener la salud del océano frente al calentamiento, la acidificación y otros impactos del cambio climático. Empecemos ya".   Fabienne McLellan, directora general, OceanCare: "Este tratado cambiará las reglas del juego, algo que el océano necesita urgentemente. Acogemos particularmente los elementos centrados en la conservación, como las evaluaciones de impacto ambiental (EIA). Las EIA son uno de los mecanismos más efectivos e importantes para evitar, mitigar y gestionar las actividades perjudiciales en los casos en que se produzcan daños graves para la vida marina debido, por ejemplo, a la contaminación acústica submarina. Aunque abogamos por una mayor ambición en las disposiciones acerca de EIA, estos requisitos reforzarán la conservación del océano".   Susanna Fuller, Vicepresidenta de Conservación y Proyectos, Oceans North: "Tras el Acuerdo de Montreal-Kunming, que establece una ruta mundial para la protección de la biodiversidad, este tratado aportará una ambición similar para alta mar. Dado que las aguas canadienses están delimitadas por tres cuencas oceánicas internacionales, Canadá tiene un papel fundamental a la hora de garantizar la implementación del tratado, una vez adoptado formalmente".   Liz Karan, directora del Proyecto de Gobernanza Oceánica, Pew: "La implementación efectiva de este tratado histórico es la única vía para salvaguardar la biodiversidad de alta mar para las generaciones futuras y ofrece a los países una ruta para cumplir el objetivo de 30x30. Los gobiernos y la sociedad civil deben garantizar ahora que el acuerdo sea adoptado y entre rápidamente en vigor".   Christopher Chin, director ejecutivo, The Center for Oceanic Awareness, Research, and Education (COARE): "Con este texto finalizado, el mundo está mucho más cerca de asumir la importancia de alta mar y de alcanzar los objetivos 30x30. Sin embargo, una vez adoptado, los Estados deben ratificar el tratado y les pedimos que lo hagan lo antes posible".   Andrew Deutz, director de Política Global, Instituciones y Financiación de la Conservación, The Nature Conservancy: "Aunque el tratado es susceptible de mejorar, debemos celebrar el hecho de que —tras más de una década de debates y tres intentos concertados de sacarlo adelante— por fin tenemos un marco mundial para la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad de casi la mitad de la superficie de nuestro planeta. Que esto haya llegado a tiempo para frenar la acelerada crisis ecológica en nuestro océano dependerá de la rapidez con que los países puedan ratificar el tratado a nivel nacional y empezar a incorporar ambiciones como el 30x30 en su propia toma de decisiones como en la de los organismos mundiales que gestionan la actividad humana en alta mar. Si pueden hacerlo pronto, poniendo a las personas y al planeta por encima de la política, puede que tengamos la oportunidad de ir más allá del dañino statu quo y entrar en una nueva era de gestión positiva de la naturaleza para estos ecosistemas tan cruciales".   Farah Obaidullah, Defensora del Océano y fundadora, Women4Oceans: "Este es un momento histórico para la humanidad y para la protección de todos los seres vivos de nuestro océano a nivel mundial. Un momento de esperanza único y bien recibido para quienes estamos legítimamente preocupados/as por la situación del mundo. Casi la mitad de nuestro planeta tendrá ahora la posibilidad de algún tipo de protección frente a las cada vez mayores agresiones contra el océano. Este tratado llega en el momento oportuno. Con el recrudecimiento de la crisis climática y de la crisis de la vida silvestres, y con la aparición en el horizonte de una nueva y temeraria industria de explotación minera de los fondos marinos, no podemos permitirnos ningún retraso en la entrada en vigor de este tratado". os de prensa: Patricia Roy (Europa), +34 696 905 907 Michael Crocker (EE. UU.), +1 (207) 522-1366  Mirella von Lindenfels, + 44 7717 844 352 Julio Whalen-Valeriano (ONU), +1 (850) 292-4689  

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Expresamos nuestro pesar y rechazo por el asesinato del dirigente indígena Eduardo Mendúa en Ecuador

Es urgente que el Estado de Ecuador emprenda todas las medidas para que este hecho no quede en la impunidad, proporcione las garantías necesarias a los pueblos indígenas que reclaman el cumplimiento de sus derechos humanos y ambientales en Ecuador y tome acciones para que hechos como este no se repitan.   El pasado domingo 26 de febrero, Eduardo Mendúa —líder de la nacionalidad Ai’Cofan y director de Relaciones Internacionales de la Confederación de Nacionalidades Indígenas de Ecuador (CONAIE)— fue asesinado a tiros. Medios locales reportaron que el crimen ocurrió cerca de las 17:52 en la huerta de su casa, en la comuna Dureno, al noreste de Ecuador, donde a varios kilómetros se asienta la zona de expansión de gran parte de la industria petrolera del país. El dirigente indígena participó en acciones de resistencia en el marco de la conflictividad generada en los últimos meses en Dureno ante la profundización de la actividad petrolera en esa zona. La comunidad de Dureno, que reconocía el liderazgo de Mendúa, había formado una guardia indígena que por más de ocho meses ha rechazado la intervención petrolera. AIDA manifiesta su profundo pesar y rechazo frente al asesinato de Eduardo Mendúa. Es urgente que el Estado de Ecuador emprenda todas las medidas para que este hecho no quede en la impunidad, proporcione sin demora las garantías necesarias a los pueblos indígenas que reclaman el cumplimiento de sus derechos humanos y ambientales en Ecuador y tome acciones para que hechos como este no se repitan. Lo sucedido es un reflejo de la grave situación de vulnerabilidad en la que se encuentra este sector de la población en toda América Latina y ha generado consternación en toda la región. Nos solidarizamos y expresamos nuestras condolencias a la familia de Eduardo Mendúa, su comunidad y a la nacionalidad Ai’Cofán de Ecuador.  

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Océanos

Es tiempo de que los gobiernos decidan un nuevo tratado mundial para el océano

Nueva York. Los gobiernos reanudan hoy las negociaciones en las Naciones Unidas para concluir un nuevo Tratado de Alta Mar que garantice la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina en las zonas situadas fuera de las jurisdicciones nacionales. La Conferencia Intergubernamental, de dos semanas de duración, se celebrará del 20 de febrero al 3 de marzo y es una reanudación de las negociaciones desde agosto de 2022, cuando a los gobiernos se les agotó el tiempo. Alta mar, que cubre la mitad del planeta, sustenta ecosistemas marinos vibrantes que son vitales para el suministro mundial de alimentos y para el sistema climático del planeta. Sin embargo, ha estado plagada de una gobernanza deficiente o irregular y, con sólo un 1,2% de protección, vastas zonas de alta mar están abiertas a una explotación no sostenible. Este nuevo tratado pretende subsanar estas deficiencias y ofrece una oportunidad histórica para poner en marcha nuevas medidas que cambien las reglas del juego para el océano, como la creación de zonas de alta y plena protección y el fortalecimiento de la evaluación y la gestión de las actividades humanas. El reciente compromiso mundial de proteger al menos el 30% del océano de aquí a 2030 (el objetivo "30x30") ofrece un ambicioso telón de fondo para garantizar que este nuevo tratado proporcione las herramientas jurídicas necesarias para convertir el objetivo en realidad. La presión recae ahora sobre los gobiernos para asegurar que el tratado finalmente alcanzado sea lo suficientemente ambicioso como para dar lugar a un océano sano y no degradado. Las cuestiones clave que deben ser abordadas en la reunión incluyen: medidas para garantizar que el nuevo tratado pueda ofrecer nuevas y efectivas áreas marinas protegidas en lugar de “parques de papel”; salvaguardas para evitar daños derivados de actividades humanas que afecten alta mar y los fondos marinos; un marco institucional sólido que garantice su implementación y cumplimiento efectivos; reglas de toma de decisiones para evitar que uno o dos países bloqueen los avances; y cuestiones esenciales de financiamiento y equidad relacionadas con la construcción de capacidades y la distribución de beneficios de los recursos genéticos marinos. “Estuvimos frustrantemente cerca de conseguir que este tratado cruzara la meta en agosto, en lo que se suponía iba a ser la ronda final de negociaciones. Con la acelerada crisis de la biodiversidad, el tiempo no es un lujo del que dispongamos para devolver la salud al océano”, dijo Sarah Bevis, de la High Seas Alliance. “Esta vez tenemos que aprovechar el momento y lograr un tratado ambicioso para enfocarnos en las tareas clave de conseguir la ratificación e implementación del tratado”.   Citas adicionales de organizaciones miembro de la High Seas Alliance: Laura Meller, campañista de océanos de Greenpeace Nordic, dijo: “Los océanos sustentan toda la vida en la Tierra. Su destino se decidirá en estas negociaciones. La ciencia es clara. Proteger el 30% de los océanos de aquí a 2030 es el mínimo absoluto necesario para evitar una catástrofe. Fue alentador ver a todos los gobiernos adoptar el objetivo 30x30 el año pasado, pero las metas ambiciosas no significan nada sin acción”. “El que esta sesión especial se celebre tan poco tiempo después del colapso de la última ronda de negociaciones nos da esperanza. Si el 3 de marzo se alcanza un tratado sólido, el 30x30 seguirá vivo. Los gobiernos deben volver a las negociaciones preparados para lograr compromisos y un tratado efectivo. Ya estamos en tiempo extra. Estas conversaciones son una última oportunidad para cumplir. Los gobiernos no deben fallar”.   Trevor Jones, jefe de campaña en Only One, dijo: “Si no protegemos alta mar, no podemos esperar un océano sano; y sin un océano sano ponemos en grave peligro la vida marina, los medios de subsistencia costeros y la estabilidad alimentaria mundial. Millones de personas de todo el mundo se han pronunciado: Quieren un Tratado de Alta Mar fuerte y cuentan con sus líderes para que finalmente terminen el trabajo”.   Liz Karan, directora del Proyecto de Gobernanza Oceánica en Pew, dijo: "Alta mar alberga una vida marina diversa y ecosistemas únicos, fundamentales para la salud de nuestro océano y nuestro planeta. Los países deben aprovechar esta oportunidad para finalizar un tratado de alta mar sólido que establezca AMP en alta mar enormemente protegidas e intersectoriales en beneficio de las generaciones actuales y futuras".   Jennifer Morris, directora ejecutiva de The Nature Conservancy, dijo: "Garantizar la protección jurídica de las vastas zonas del océano situadas fuera de las jurisdicciones nacionales y reconocer activamente la importancia de abordar esta situación es un paso fundamental para avanzar hacia nuestra ambiciosa meta ‘30x30’ en el nuevo Marco Global de la Biodiversidad de la ONU. Garantizar que las negociaciones en Nueva York resulten exitosamente en un Tratado de Alta Mar, jurídicamente vinculante y acordado formalmente, es imperativo para cumplir el compromiso colectivo de conservar el 30% del océano de la Tierra antes de 2030”.   Gladys Martínez de Lemos, directora ejecutiva de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), dijo: "Alta mar necesita urgentemente un marco de gobernanza. Esperamos que los Estados concluyan un tratado fuerte y ambicioso durante estas dos semanas”.   Fabienne McLellan, directora general de OceanCare, dijo: "Tenemos grandes esperanzas de que los gobiernos encuentren la manera de finalizar el Tratado de Alta Mar durante la reanudación de la sesión. Los países deben comprender que sería una negligencia grave no concluir una vez más un acuerdo para conservar la diversidad marina en las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional. Las crisis del clima y de la biodiversidad están en pleno apogeo y el océano es nuestro aliado, no un recurso infinito para explotar. No sólo es importante que se finalice el acuerdo, sino que lo que se acuerde marque una diferencia tangible en la protección de la biodiversidad. Con este telón de fondo, es difícil imaginar que no se llegue a un acuerdo: el acuerdo es vital para la biodiversidad marina, un océano sano y, por tanto, también para nosotros como humanidad”. os de prensa Patricia Roy, + 34 696 905 907 - CET Mirella von Lindenfels, +44 7717 844 352 - EST  

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Suprema Corte de Justicia de la Nación debe garantizar el a la justicia en asuntos ambientales

Este miércoles se discute en la SCJN la contradicción de tesis 217/2021 sobre la facultad de las organizaciones para presentar amparos. El estándar de protección de los derechos a la justicia y al medio ambiente sano requiere que toda persona, incluidas las organizaciones, tengan a recursos judiciales a través de una legitimación amplia.   Ciudad de México. Ante la inminente decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en torno a la facultad de las organizaciones de la sociedad civil para presentar amparos, las asociaciones de defensa de derechos ambientales AIDA, CEMDA y GREENPEACE consideran que dicha Sala debe garantizar el a la justicia ambiental en los términos asentados en el Acuerdo Regional sobre el a la Información, la Participación Pública, y el a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú), acuerdo vinculante del cual México es parte signataria. La Segunda Sala tiene previsto tomar una decisión el miércoles 25 de enero, retomando la sesión que quedó postergada el pasado agosto. Las organizaciones ambientalistas esperan que se discuta y resuelva el proyecto de resolución de la contradicción de tesis 217/2021, propuesta por la ministra Yasmín Esquivel Mossa. Dicha resolución será determinante para que en el futuro inmediato las organizaciones dedicadas a la defensa y protección del medio ambiente puedan acceder a la justicia de manera efectiva. Cabe recordar que Greenpeace México, A.C. presentó una denuncia de contradicción a partir de dos criterios opuestos entre Tribunales Colegiados de Circuito del Estado de México y de la Ciudad de México. En uno de ellos se reconoció que las personas jurídicas o morales, como las organizaciones ambientalistas, tienen interés legítimo para promover un juicio de amparo en defensa del derecho a un medio ambiente sano. En el otro, se concluyó que tal derecho y otros, como a la cultura o a la movilidad, solo pueden ser defendidos por personas físicas. Además, en agosto pasado, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), presentaron a la Corte un Amicus Curiae, en el que se expuso con amplitud el estándar de protección del derecho de acceder a la justicia y en el que se concluye que la "garantía de los derechos al a la justicia y al medio ambiente sano exigen que toda persona (incluidas las organizaciones ambientales) tengan a recursos judiciales a través de una legitimación amplia". En el año 2018, México suscribió el Acuerdo de Escazú, mismo que entró en vigor en 2021. De esta manera, México está obligado a cumplir con los más altos estándares de participación de las personas en cuestiones medioambientales. Este acuerdo reconoce la importancia de la participación de todas las personas en la toma de decisiones en asuntos ambientales (incluidos los climáticos), establece procesos de participación pública, protege los derechos de las personas defensoras de derechos humanos ambientales, busca fortalecer el a la justicia, por mencionar sólo algunas de las obligaciones que establece. La decisión de la Segunda Sala debe ser consistente con la obligación del Estado mexicano de garantizar el a la justicia en materia ambiental, establecido en el Acuerdo de Escazú. Dicho acuerdo establece en su artículo 8 que se debe asegurar el derecho de a la justicia en asuntos ambientales para impugnar y recurrir, en cuanto al fondo y al procedimiento, cualquier decisión que afecte o pueda afectar al medio ambiente o contravenir normas relacionadas con el medio ambiente. Para tal efecto, se debe garantizar el a la justicia y se debe contar con la legitimación activa amplia en defensa de este derecho. Lo que resuelva la Segunda Sala de la Suprema Corte este miércoles, presidida por el Ministro Pérez Dayan, exhibirá el cumplimiento que nuestro país quiera darle al Acuerdo de Escazú. "Es de suma importancia que se resuelva apegándose a derecho y propiciando el a la justicia ambiental, tan  fundamental para  la protección y el cumplimiento de los derechos humanos, tal como lo expresamos en el amicus curiae que presentamos junto a AIDA el pasado 9 agosto de 2021 a propósito de la votación de este mismo asunto", mencionó Gustavo Alanis Ortega, Director Ejecutivo de CEMDA. Esto es, la decisión debe continuar con los criterios de la propia Sala al resolver el amparo en revisión 1013/2019, en la contradicción de tesis 270/2016 y el amparo en revisión 839/2019, donde se ha resuelto a favor de la participación ciudadana en la protección del medio ambiente y ha garantizado la legitimación activa amplia, como lo es el derecho de las personas, de los colectivos y de las organizaciones de la sociedad civil a iniciar una demanda en asuntos ambientales y así maximizar el a la justicia. Lo resuelto en el amparo en revisión 839/2019 es particularmente relevante para el análisis que realizará la Segunda Sala, considerando que en ese precedente se concluyó que las asociaciones civiles pueden acudir al amparo para proteger el derecho a un medio ambiente sano cuando la defensa del ambiente forme parte de su objeto social e incluso cuando tengan por objeto la defensa de los derechos humanos en general. La Sala llegó a esta conclusión después de señalar que los órganos jurisdiccionales “deben maximizar el a la justicia” a partir de los principios que rigen la protección del medio ambiente, incluyendo el principio de precaución. "Hacemos un respetuoso llamado a la Segunda Sala y a la Corte en general para que la resolución de este tema garantice y fortalezca la participación de las personas y de las organizaciones de defensa del medioambiente", concluyó Gustavo Ampugnani, director de Greenpeace México. De su lado, Javier Davalos, Coordinador del Programa de Clima de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), señaló que: "En un contexto de crisis climática y degradación ambiental, la decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte debe ser compatible con sus propios precedentes y con el Acuerdo de Escazú. Una forma de garantizar los derechos humanos, es brindar un amplio a la justicia, que debe estar basado en una interpretación amplia del derecho a promover un juicio en defensa del derecho a un ambiente sano". os de prensa: Víctor Quintanilla, AIDA, [email protected], +52 5570522107 Dana Olguín, Coordinación de Comunicación y medios, Greenpeace México, [email protected], +52 1 55 4964 5357 Ricardo Ruíz, Área de Comunicación, CEMDA, [email protected], +52 55 596 44162  

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Entregan Informe lapidario a CONAF: salmonicultura es incompatible con la Reserva Nacional Kawésqar

El 43% de los centros que operan dentro de la reserva han arrojado condiciones anaeróbicas en el marco de sus operaciones, lo que —acompañado del uso intensivo de antibióticos, escape de salmones e incidentes como accidentes navales, mortalidades masivas y basura en los mares— pone en riesgo su alto valor ecosistémico.   Este martes 24 de enero, representantes de las organizaciones AIDA, FIMA y Greenpeace entregaron al director de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), Christian Little, el informe Incompatibilidad de la salmonicultura con la Reserva Nacional Kawésqar: Antecedentes y contribuciones para el proceso de elaboración del plan de manejo de la Reserva. El informe tiene como objetivo contribuir en el proceso de generación del Plan de Manejo de la reserva. El documento concluye que la posibilidad de desarrollar la actividad de salmonicultura dentro de la Reserva Nacional Kawésqar es incompatible desde un punto de vista ecosistémico y legal. Actualmente en la reserva existen 68 concesiones de salmonicultura aprobadas y 57 en trámite, las que ponen en riesgo el alto valor de las áreas a proteger, el interés en la conservación de las eco-regiones terrestres involucradas y el atractivo turístico de la zona. "Esperamos que este informe contribuya a que —de una vez por todas— se declare la incompatibilidad de la salmonicultura con la categoría de Reserva Nacional, conforme la ley de pesca y los tratados internacionales lo ordenan y, ahora último, las luces del tribunal ambiental”, dice Macarena Martinic, coordinadora de a la Justicia de ONG FIMA. La reserva presenta características únicas de sus ecosistemas, los fiordos presentes en ella absorben dióxido de carbono y contribuyen al enfriamiento global del océano, procesos claves para enfrentar el cambio climático.  “Los argumentos técnicos y jurídicos están, por lo que hacemos un llamado a cumplir con la ley y no permitir la aprobación e instalación de centros salmoneros en la Reserva Nacional Kawésqar, junto con poner un freno definitivo a la expansión de esta industria”, afirma Estefanía González, Coordinadora de campañas de Greenpeace. El informe también agrega que la industria, en particular la empresa Nova Austral, ha sido objeto de numerosos procedimientos sancionatorios por sus reiteradas infracciones cometidas dentro del Parque Nacional Alberto de Agostini. Estas infracciones transcurren entre sobreproducción, fraccionamiento, daño ambiental, así como la ocultación de información solicitada por el órgano fiscalizador y anaerobia, donde 14 de sus 19 concesiones ubicadas dentro del Parque Nacional se han presentado en estas condiciones. Las sanciones, que van desde multas a revocación de sus resoluciones de calificación ambiental, no han sido un disuasivo suficiente para que la empresa se ajuste a la ley. “Este informe da cuenta de la incompatibilidad ambiental y jurídica de permitir la salmonicultura en espacios de especial protección ambiental como la Reserva Kawésqar. Si la autoridad va a diseñar políticas, planes, programas y normas con la mejor ciencia disponible -y en línea con los compromisos de Chile-, debe prohibir sin excepciones la acuicultura marina de especies invasoras”, señala Cristina Lux, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). Descarga el informe completo aquí. o de prensa: Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +525570522107  

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Corte Constitucional tiene la oportunidad de reencaminar el proceso de transición energética en Colombia

En el marco de la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la ley de transición energética por vicios de forma, el fallo del tribunal puede encauzar el proceso, hacerlo participativo y promover mejores condiciones de justicia climática y ambiental en el país.   Bogotá, Colombia. En este momento, la Corte Constitucional conoce de la acción de inconstitucionalidad presentada contra la Ley 2099 de 2021, conocida como ley de transición energética. Su eventual fallo es una oportunidad para reencaminar el proceso de transición energética en el país debido a que en la expedición de la norma se incumplieron las formalidades del proceso legislativo —no hubo los debates necesarios, en los tiempos establecidos y con la información requerida—, eludiendo el debate democrático e impidiendo un análisis completo de las implicaciones e impactos de la ley. La norma, expedida con trámite de urgencia, da vía libre a proyectos de generación de energía a partir de hidrógeno azul (el cual usa combustibles fósiles) y de procesos de captura de carbono. Además, promueve el uso de materias primas como el gas, impulsando la técnica de fracking. Algunas de estas actividades tienen impactos previsibles y riesgosos para los derechos humanos y el clima; otras tendrían efectos inciertos en el ambiente y en las personas. La acción de inconstitucionalidad por vicios de forma contra la Ley 2099 fue presentada por el Semillero de investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia, la Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (MASP) y la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana (CJD&T), en alianza y articulación con académicos y organizaciones de la sociedad civil. Luego de una profunda reflexión acerca de la importancia del proceso de transición energética en Colombia y de la protección de los derechos humanos, los demandantes concluyeron que, si bien dicho proceso es urgente y necesario para cumplir con los objetivos y compromisos nacionales e internacionales para enfrentar la crisis climática, el trámite de la ley presentó inconsistencias graves en su expedición, relacionadas con la falta de publicidad y la elusión del debate público y democrático. En efecto, los cargos itidos de la acción abordan dos asuntos: 1) la vulneración de los principios de consecutividad y publicidad; pues el legislador omitió leer y exponer el contenido de las proposiciones aprobadas y no aprobadas por las comisiones conjuntas y las plenarias de las Cámaras, eludiendo así el debate; y 2) la violación de la reserva del trámite en la iniciativa legislativa debido a que uno de los ejes de la ley demandada se refiere a las normas de contenido tributario, las cuales por su naturaleza debían iniciar su trámite legislativo en la Cámara de Representantes y no fue así. La demanda fue itida el 19 de septiembre de 2022. Para mediados de enero del presente año, se tendrá un borrador de fallo por parte de la magistrada sustanciadora, Paola Andrea Meneses Mosquera. La sentencia definitiva se espera a finales de abril. La transición energética es un paso fundamental para Colombia. Por tanto, este proceso requiere un debate amplio y democrático en el Congreso y a través de la participación ciudadana directa. Esta participación debe ser informada, oportuna, amplía y efectiva, en escenarios que permitan reflexionar y buscar consensos respecto del camino que la transición energética debe seguir en el país. Eludir el debate impide la construcción colectiva y el diálogo democrático acerca de un proceso fundamental para el país en los próximos años. Para la Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (MASP), esta acción es una oportunidad para reconducir el camino hacia la transición justa. “Es fundamental desarrollar y acordar una comprensión amplia de la justicia climática que parta del reconocimiento de las cargas y daños que histórica y estructuralmente han sufrido las comunidades, que las repare de manera integral, que establezca obligaciones de participación de estas comunidades en la toma de decisiones y, por último, que priorice la soberanía energética de las comunidades, la autogestión y el autogobierno”. El debate iniciado con la demanda ante la Corte Constitucional es clave para una discusión más completa y plural del proceso de transición energética, la cual no se llevó a cabo en el legislativo y está aún pendiente en Colombia. La importancia de dialogar sobre las diferentes alternativas dentro de la transición energética permitirá al país contar con una planificación regulatoria y de política pública que responda a las múltiples complejidades que se establecen en este proceso. Solamente la legitimidad que otorga el debate público podrá garantizar la verdadera transición energética que requiere el país. Desde la perspectiva de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), “el proceso de transición energética requiere procesos amplios y participativos, con un rol activo de las personas en ciudades y zonas rurales, para que el mismo contribuya no sólo a atender la crisis climática, sino también a reconocer y reducir brechas, permitiendo la consolidación de mejores condiciones para la justicia climática y ambiental en la región. Colombia puede convertirse en un actor global clave si promueve la transición energética con un enfoque de derechos humanos”.   Organizaciones firmantes que han apoyado la acción de inconstitucionalidad: Semillero de investigación en estudios sobre minería de la Universidad de Antioquia Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Universidad Javeriana (CJD&T) Semillero de investigación en transición energética de la Universidad del Magdalena Mauricio Madrigal - Director Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes (MASP) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Climalab CENSAT o de prensa: Víctor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], 525570522107  

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Punto de o de la OCDE en Suiza llama a Glencore a cumplir debida diligencia en mina de carbón en Colombia

En su declaración final ante la queja presentada por la sociedad civil contra Glencore, el Punto Nacional de o (PNC) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en Suiza recomendó que la multinacional, como única propietaria de la mina Cerrejón en Colombia, garantice "que sus políticas y medidas de debida diligencia fomentan una conducta empresarial responsable en Cerrejón". Para ello, hizo un llamado a que Glencore, en el marco de sus deberes, mantenga un diálogo con ONG y representantes de las comunidades Wayúu y afrocolombianas afectadas por las operaciones de la mina. En enero de 2021, una coalición de organizaciones nacionales e internacionales —compuesta por GLAN, CAJAR, AIDA, CINEP, Ask!, ABColombia y Christian Aid Irlanda— presentó tres quejas ante los PNC de la OCDE en Irlanda, Reino Unido, Suiza y Australia para denunciar los múltiples impactos de la mina operada por la empresa Carbones del Cerrejón en detrimento de la vida y los derechos humanos de las poblaciones indígenas, afrodescendientes y campesinas de La Guajira, así como la falta de debida diligencia y el incumplimiento de los lineamientos de la OCDE. Las quejas fueron presentadas contra ESB (Electricity Supply Board), empresa estatal irlandesa que compra carbón de Cerrejón; CMC (Coal Marketing Company), con sede en Dublín, Irlanda; y contra las sociedades multinacionales mineras dueñas de Cerrejón: BHP, Anglo American y Glencore. El PNC de Suiza señaló que “los PNCs australiano y británico publicarán, de acuerdo con sus reglas de procedimiento, Declaraciones Finales relativas a BHP y Anglo American respectivamente”. Consideramos que el PNC suizo, al emitir una declaración en la que se limitó a reiterar los deberes existentes de forma genérica y no formuló recomendaciones sustantivas en relación con la gravedad de los hechos de abusos y violaciones documentados en la queja, no se ocupó de la tarea principal para la cual fue creado, esto es garantizar la implementación de las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales. Durante el procedimiento se presentaron graves irregularidades y asimetrías promovidas por el PNC suizo, entre ellas la falta de a la información y ausencia de garantías de participación para las comunidades indígenas Wayuu y afrodescendientes afectadas, brindando a Glencore impunidad por las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por las operaciones mineras de Carbones de Cerrejón en Colombia. Esta situación nos hizo desistir de la mediación. Nuestra experiencia con el PNC suizo pone de manifiesto el complejo entramado y arquitectura de la impunidad, asimetrías y brechas abismales a las que se enfrentan las víctimas de las compañías multinacionales del carbón para acceder a la justicia en distintos escenarios. Ante el grado de incompetencia, negligencia y falta de consistencia del PNC en sus funciones, rechazamos que con su declaración final sugiera que la imposibilidad de llegar a una mediación es atribuible a GLAN y a las partes, y se ignore que el deficiente papel del PNC suizo afectó el desarrollo del proceso. Es claro que el PNC suizo creó una carga desproporcionada en los reclamantes para facilitar la accesibilidad al mecanismo, quienes con suma diligencia y buena fe participamos de todo el procedimiento. La falta de eficacia del PNC suizo es una situación reiterada. Un ejemplo de esto fue el tratamiento que hizo de la queja contra Sygenta por afectaciones a campesinos en la India. Las indebidas prácticas del PNC llevaron a que Marcos Orellana, Relator Especial de la ONU sobre Sustancias Tóxicas y Derechos Humanos, afirmara que se había generado "un mal precedente que subraya las debilidades de los Puntos Nacionales de o para las Directrices de la OCDE". El hecho de que los mecanismos legales suizos de rendición de cuentas hagan tan poco para regular la conducta de Glencore —una empresa que acumula un historial de corrupción y graves denuncias de abusos y violaciones a derechos humanos asociadas a sus actividades a nivel global— los convierte en parte del problema. Aunque las directrices son voluntarias para las empresas, los países que se adhieren a las mismas contraen el compromiso vinculante de implementarlas. La deficiencia en la atención de esta queja por parte del PNC suizo, la inobservancia de sus funciones y las obligaciones del gobierno y el Estado suizo en relación con el respeto a los derechos humanos conlleva a cuestionarnos sobre el grado de complicidad que genera la tolerancia a las violaciones y abusos de empresas. Ante este accionar, lo cierto es que el mecanismo voluntario se convierte en un escenario que enmascara las vulneraciones y la impunidad corporativa. Mientras el gobierno de Suiza no otorga garantías reales y efectivas de reclamación frente a la responsabilidad de Glencore en las violaciones cometidas por la empresa Carbones del Cerrejón, la multinacional sí hace uso de sus garantías como inversionista, contenidas en el Acuerdo de Protección a las Inversiones Extranjeras firmado entre Colombia y Suiza, que le permiten demandar a Colombia por un fallo judicial que protegió los derechos humanos del pueblo Wayuu. Preocupa que, frente a esta situación asimétrica, Colombia mantenga este acuerdo. Reiteramos la insuficiencia de los mecanismos no judiciales para responsabilizar a las empresas multinacionales. Casos como este, evidencian la necesidad de proferir una legislación vinculante en materia de debida diligencia y un tratado vinculante de empresas y derechos humanos que incluya escenarios reales de responsabilidad por los abusos del ilimitado poder transnacional corporativo.   Firman: Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR) Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP) Christian Aid ¡ASK ABColombia Global Legal Action Network (GLAN)   o de prensa: Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +525570522107  

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México: Organizaciones aportan insumos para una regulación adecuada de la generación limpia distribuida

El esquema de generación limpia distribuida es una solución eléctrica que contribuye a la mitigación de la crisis climática y a la transición energética justa en términos de disminución de la pobreza energética y descongestión de las redes de distribución y transmisión (1). Organizaciones de la sociedad civil presentaron ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) comentarios respecto de los avances y regresiones del anteproyecto de acuerdo que modifica la regulación de la generación limpia distribuida.   En el marco de la transición energética justa que el mundo requiere, organizaciones de la sociedad civil piden impulsar la generación limpia distribuida en México mediante una regulación adecuada. En ese sentido, enviaron insumos a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) acerca de los avances y retrocesos del anteproyecto de acuerdo que modifica la regulación del esquema de generación limpia distribuida en el país. En un contexto de crisis climática, generada principalmente por la producción de energía a base de combustibles fósiles (2), la transición energética justa es una necesidad cada vez más urgente. Esto implica no sólo un cambio de insumos, sino un cambio estructural del sistema. Lo anterior exige impulsar el uso de tecnologías más limpias y también promover mejoras en cómo opera todo el sector, bajo un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género. La generación limpia distribuida es uno de los principales mecanismos para lograr ambos objetivos. En ese esquema, los equipos de generación pueden ser instalados por el propio consumidor, por ejemplo, en casas y edificios (3). Este modelo requiere un marco regulatorio claro y certero, con buenos incentivos regulatorios que —al introducir mayores capacidades de generación de energía renovable, en particular energía solar— empoderen la posición de las y los consumidores como agentes activos del sistema eléctrico que apoyan la transición energética justa. Asimismo, las regulación debe estar alineada con las obligaciones del Estado mexicano en materia de desarrollo sustentable, cambio climático, energías limpias y renovables, así como con  el principio de progresividad en materia de derechos humanos (4). En ese sentido, los comentarios presentados ante la CONAMER respecto del "Acuerdo por el que la Comisión Reguladora de Energía emite las disposiciones istrativas de carácter general en materia de centrales eléctricas con capacidad instalada neta menor a 0.5 mw, generación distribuida y generación limpia distribuida" (Anteproyecto de Acuerdo), publicado el pasado 28 de octubre en el portal electrónico de CONAMER, refieren: La inclusión de contratos colectivos es un aspecto positivo que permite la entrega de energía a los Centros de Carga de uno o más Beneficiarios, si éstos comparten un Punto de Interconexión Común. Sin embargo, tal como se pretende regular con el Anteproyecto de Acuerdo, estos contratos no podrán ser utilizados por centrales que reciban energía a través de Contratos de Interconexión Legados. Además, se limitan a instancias donde exista un mismo punto de interconexión, lo que  restringe el tipo de agentes que puede beneficiarse. El Recurso Distribuido de Energía (RDE) para la inclusión tanto de Centrales Eléctricas como de sistemas de almacenamiento de energía capaces de exportar potencia activa a las red eléctrica es otro aspecto positivo del Anteproyecto de Acuerdo. No obstante, las limitaciones a corto y mediano plazo no están claras y la normatividad complementaria actualizada no ha sido publicada. Por tanto, en esta área se opera bajo el Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en materia de Aportaciones de 1998, con instrumentos desactualizados como el Catálogo de Precios y los modelos de convenio de aportaciones, que datan de 2014. La eliminación del sistema de medición neta (también conocido como net metering) y su sustitución por el esquema de autoconsumo constituye una regresión del Anteproyecto de Acuerdo. Bajo la regulación actual para net metering, cuando la diferencia entre la energía entregada por el suministrador y la generada por la instalación sea negativa, se considerará como un crédito a favor del consumidor que se abonará a la medición de energía facturada en cada periodo posterior, hasta un máximo de 12 meses. Según el Anteproyecto de Acuerdo, a los generadores les será retirado el derecho a llevar a cabo esta compensación y en su lugar se les restringirá a que el total de la energía generada sea destinada a sólo las necesidades del centro de carga asociado, bajo un esquema denominado Autoconsumo. Aunque el Autoconsumo reduciría el consumo de energía del servicio eléctrico, la venta de energía excedente a la red será sólo una excepción y se compensará conforme a un menor valor. La disminución del valor de la energía entregada a la red es una regresión que afecta negativamente a todas las modalidades de generación distribuida, eliminando un valor de contraprestación alineado a los precios de mercado y sustituyéndolo con un valor fijo derivado del costo promedio de la energía adquirida por CFE a través de sus contratos de cobertura. Otros procesos y actividades del Anteproyecto de Acuerdo que generan costos e incertidumbre en su criterio de aplicación y resultados son aquellos relacionados con los considerables aumentos en requerimientos técnicos y de interconexión. Esto no es negativo per se en tanto que puede mejorar la calidad y la capacidad de monitoreo sobre el estado de este tipo de proyectos. No obstante, el incremento de costos económicos, de tiempo, mantenimiento, etc. —al ser cubiertos enteramente por el solicitante— reduce el atractivo de la generación distribuida, lo cual ralentiza su avance.   Derivado del análisis realizado, las organizaciones consideran importante mantener los avances alcanzados por el Estado mexicano para la generación de energía limpia distribuida. Esto es aún más imperante de cara a los compromisos climáticos del Estado mexicano, al principio de progresividad en materia de derechos y a la necesidad de mejoras que incentiven su aplicación. Por tanto, recomiendan mantener el modelo net metering para los generadores exentos que se interconectan en media tensión, así como el esquema actual de precios de compensación; expandir las modalidades para contratos colectivos; actualizar la normatividad secundaria para RDE; y establecer las metodologías, reglas y criterios claros para determinar los costos de los servicios, equipos, obras o refuerzos requeridos para la interconexión sin detrimentos mayores al solicitante, incluyendo los necesarios para ampliar los límites a la interconexión en sistemas aislados existentes en el país.   Firman Alianza Juvenil por la Sostenibilidad (AJUVES) Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA) Centro de Energía Renovable y Calidad Ambiental (CERCA) Centro Mexicano de Derecho Ambiental A.C. (CEMDA) Earthjustice Greenpeace México Nuestro Derecho al Futuro, A.C. (Nuestro Futuro, A.C.) Ombudsman Energía México (OEM)   (1) El-Saadany E.F. , et al., Distributed generation: Benefits and challenges, 2007, p. 116, disponible en https://www.researchgate.net/publication/229048458_DISTRIBUTED_GENERATION_BENEFITS_AND_CHALLENGES (2) Véase Hannah Ritchie, Max Roser and Pablo Rosado (2022) - "Energy". Published online at OurWorldInData.org. Retrieved from: 'https://ourworldindata.org/energy' [Online Resource] (3) El estado de California, U.S.A, que lidera en penetración solar ya cuenta con más de 13,000 MW en capacidad instalada por generación distribuida. Además, países como Brasil y Portugal han hecho progresos significativos en presentar modelos avanzados en esta materia. (4) https://cofemersimir.gob.mx/expediente/27618/recibido/99797/B000226500  

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Reconocimiento de la UNESCO a pueblos de la Sierra Nevada de Santa Marta es un mandato para proteger su territorio

La declaratoria de su sistema ancestral de conocimientos como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad es un reconocimiento de su rol clave en el sostenimiento ambiental. Implica además el deber del Estado colombiano de adoptar las medidas necesarias para respetar este patrimonio, cuya protección depende de la preservación del territorio.   Rabat, Marruecos. La UNESCO declaró al sistema ancestral de conocimientos de los pueblos indígenas Arhuaco, Kankuamo, Kogui y Wiwa de la Sierra Nevada de Santa Marta, Colombia, como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad. El sistema abarca los mandatos sagrados que sustentan la existencia de los cuatro pueblos en armonía con el universo y constituye el lenguaje espiritual que orienta su cotidianidad cultural. Reposa en los mamos, sagas (autoridades espirituales) y en los cabildos (autoridades políticas), representados en el Consejo Territorial de Cabildos. La preservación de este sistema ancestral de conocimientos está en riesgo por el desplazamiento forzado generado por el conflicto armado y por la presión ejercida para la implementación de megaproyectos minero-energéticos al interior de la Sierra. Por ello, desde hace más de una década, los cuatro pueblos han solicitado protección al gobierno nacional. La solicitud para la declaratoria ante la UNESCO fue enviada el 30 de marzo de 2021 por el Ministerio de Cultura, la Gobernación del Magdalena y por los cuatro pueblos indígenas. En AIDA aplaudimos el reconocimiento y sus implicaciones para la protección de los pueblos de la Sierra. Yeny Rodríguez, abogada del Programa de Ecosistemas, expresa: “La inclusión del sistema ancestral de conocimientos implica que para protegerlo es necesaria la protección del territorio. Solo así pueden transmitirse de generación en generación los usos, prácticas, representaciones, expresiones y conocimientos en relación con la lengua y tradición oral; la organización social; el conocimiento sobre la naturaleza y el universo; y los espacios culturales y otros elementos intangibles que se materializan en el cuidado y la protección de los bosques, ríos, fauna y flora. La inclusión del sistema en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad se traduce en el deber del Estado colombiano de crear la institucionalidad y adoptar medidas jurídicas, económicas y técnicas para hacer respetar el patrimonio cultural inmaterial de las comunidades de los cuatro pueblos indígenas de la Sierra. Es, en suma, un reconocimiento de que estos pueblos son portadores de conocimientos sobre la naturaleza y el universo, y que, por tanto, son actores esenciales en el sostenimiento del ambiente. De igual modo, con ocasión de esta declaratoria, se espera que el Estado adopte las medidas adecuadas para promover el y la transmisión de los conocimientos relativos a la tierra y al clima de las comunidades indígenas de los pueblos de la Sierra, respetando al mismo tiempo las prácticas tradicionales que han permitido su pervivencia y su transmisión por generaciones”. o de prensa: Victor Quintanilla (México), AIDA, [email protected], +525570522107  

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